IRPH

 ¿EURIBOR o IRPH?

Índice de referencia de Préstamos Hipotecarios IRPH: En septiembre de 2013 el BOE publicó la desaparición de tres índices de referencia que condicionaban el tipo de interés a pagar por los deudores hipotecarios. Entre ellos se encontraba el IRPH -tanto de Cajas de Ahorros como de Bancos-. La ley 14/2013, de 27 de septiembre, indicaba además que esos índices serían sustituídos por "el tipo o índice de referencia sustitutivo previsto en el contrato"...; y, en su defecto, por "el tipo de interés oficial denominado tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años... concedidos por las entidades de crédito en España".

Más de un millón de deudores, que firmaron hipotecas con el índice IRPH, se habían perjudicado enormemente, comparados con aquellos que escogieron un diferencial mucho más barato, como lo fué el EURIBOR. Y es que, el euribor -desde su publicación en enero del año 1999- ha sido un índice (cuyos valores han sido un punto, dos, o incluso hasta tres puntos) más barato que el referido IRPH ya desaparecido. 

Desde que fue declarado nulo el IRPH en 2013 muchos deudores demanadaron a los bancos reclamando la devolución de lo pagado de más. Pero hubo quienes ganaron su batalla judicial y quienes la perdieron. La situación de los afectados por el IRPH se complicó en 2017, cuando el TRIBUNAL SUPREMO entendió que el IRPH no estaba sujeto al control de trasparencia y, por lo tanto no podía considerársele abusivo. Esta sentencia perjudicó a numerosos clientes. Hubo quienes perdieron sus juicios pero al resto de afectados les disuadieron de denunciar en los juzgados su misma problemática. 

Sin embargo, ahora, el TJUE (el TRIBUNAL de JUSTICIA de la UNIÓN EUROPEA), se ha pronunciado favorablemente para los consumidores/deudores hipotecarios. Ahora sí. Aquellos deudores que hayan firmado hipotecas con IRPH deben consultar su situación con un despacho especializado. Deben empezar reclamando extrajudicialmente a su banco la devolución de lo pagado de más, por la imposición -y falta de transparencia- del índice IRPH. Ahora sí que podemos recuperar el dinero pagado de más y con carácter retroactivo (como si de una cláusula suelo se tratase). La Comisión Europea sostiene, contrariando al TS, que la clásula IRPH puede ser considerada abusiva y nula, por falta de transparencia. Miles de deudores podrán percibir lo pagado de más si saben recalcular su deuda a un interés mucho más barato como el EURIBOR

Si este es tu caso, no dudes en consultarnos, recuerda que nuestra entrevista es gratuíta. Evaluaremos si tienes derecho a reclamar, cuantificaremos cuánto vas a percibir y, si te corresponde, una vez ultimada la reclamación extrajudicial defenderemos tu caso en los tribunales.