GASTOS HIPOTECA Y COMISIÖN APERTURA

COMISIÓN DE APERTURA. GASTOS DE TASACIÓN, GASTOS DE NOTARÍA, GASTOS DE REGISTRO Y GASTOS DE GESTORÍA.

Sentencias recientes, tanto del Tribunal Supremo (sentencia de 24 de julio de 2020) como de Audiencias Provinciales, permiten a los deudores hipotecarios (ya sean particulares o empresas) reclamar porcentajes importantes de la partida de todos los gastos que soportaron al contratar sus hipotecas. El TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA dictó, el pasado 16 de julio de 2020, una sentencia que confirma la OBLIGACIÓN DE DEVOLVER los "GASTOS HIPOTEARIOS" a los consumidores. Para efectuar las oportunas reclamaciones es preciso aportar una serie de documentos: 

 

1. Copia simple de la escritura hipotecaria

2. Oferta Vinculante (FIPER, FIPRE...) debidamente cumplimentada y firmada previamente -según el plazo legal- a la firma hipotecaria. 

3. Facturas de todos los gastos a reclamar: COMISIÓN DE APERTURA (si no se acredita que se deba a un servicio prestado), GASTOS DE NOTARÍA (50%), GASTOS DEL REGISTRO (100%), GESTORÍA (100%) y TASACIÓN (100%). (Si tienes más de una escritura hipotecaria con la  entidad, has de sumar todas estas partidas para cada escritura firmada; ya sean nuevas hipotecas o novaciones de la misma hipoteca).  

4. Además de lo anterior, podemos reclamar, en beneficio del cliente, el pago de los intereses legales de esas cantidades, desde la fecha de pago hasta el presente.

 

Las reclamaciones deben seguir un protocolo de actuación bien sencillo aunque algo laborioso. Primero hemos de hacer la oportuna reclamación extrajudicial al banco, luego -si es pertinente- reclamaremos al Banco de España; y, por útlimo, acudiríamos a los tribunales

 

En cualquier caso no dudes en llamarnos para consultar tu caso. Recuerda que tu consuta es gratuíta.